Pendientes de la publicación mañana de las playas Bandera Azul 2021

Lunes, 10 de abril de 2021. Mañana martes ADEAC (Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor) hará públicas las playas y puertos deportivos galardonados con el distintivo Bandera Azul en toda la costa española.

Bandera Azul no es pet friendly, ni tiene intención de serlo. Así nos lo han indicado y lo recogen en el documento Guía de interpretación de los criterios Bandera Azul para Playas 2021, que puedes consultar y descargar en su web www.banderaazul.org.

Por otro lado, si lees esta guía con detalle verás que los únicos perros permitidos por Bandera Azul son los perros guía. Y yo me pregunto ¿Por qué solo perros guía para personas ciegas o con deficiencia visual grave? ¿Por qué no pueden acceder a los arenales todos los perros de asistencia? ¿Se trata de una discriminación o simple desconocimiento?

Lo que sí está claro es que, un año más, las personas que convivimos con perros podemos borrar de nuestro listado de playas las galardonadas con el distintivo Bandera Azul.

Extracto literal de la Guía de interpretación de los criterios Bandera Azul para playas 2021 en lo que se refiere a la prohibición de perros.

Apartado 18 » Prohibición de animales domésticos en la playa. Las normas locales referentes a la limitación de perros, caballos y otros animales domésticos en la playa, deben ser estrictamente respetadas y su acceso o actividad rigurosamente controlados. (Imperativo).

Las normas locales referidas al acceso y estancia en la playa de perros, caballos y otros animales domésticos deben ser estrictamente cumplidas y controladas en todos los casos. La prohibición de animales domésticos en la playa debe abarcar toda el área de la playa candidata a Bandera Azul, incluida la zona de baño, por motivos higiénico- sanitarios. Según estudios de la OMS (Organización Mundial de la Salud), existen riegos microbiológicos para la salud humana asociados a la presencia de excrementos de perros en las playas, que desaconsejan su presencia en ellas. Pueden consultar dichos estudios en los enlaces.

Guidelines for safe recreational water environments.Part 1

Guidelinesforsaferecreationalwaterenvironments. Part 2

En la mayoría de las playas Bandera Azul, los perros y animales domésticos están permitidos en las zonas de aparcamiento, en los paseos marítimos o senderos en el entorno de la playa, pero no se les permite acceder a la arena, con la excepción de los perros guías para personas con deficiencias visuales, que por su función social como por su educación, constituyen una excepción y su presencia debe ser bienvenida en una playa Bandera Azul y en sus instalaciones.

En el caso de que los perros sean aceptados en la playa fuera de la temporada de baños, deben ser mantenidos con collar y correa o bajo estricto control tanto en la playa como en su entorno y en zonas colindantes. Asimismo, sus propietarios pueden ser requeridos a recoger cualquier residuo o excremento del animal. En este sentido (y en las áreas en que sean tolerados) se deben proporcionar bolsas y lugares para el depósito de dichos residuos.

Nota de ADEAC:

Las zonas habilitadas para animales domésticos que queden fuera de la delimitación oficial de la playa (entendiendo como playa el área marítima terrestre definida en el perfil de aguas de baño) no serán tenidas en cuenta, siempre que no afecten negativamente a la playa Bandera Azul. En caso de que dichas áreas habilitadas para animales domésticos, fuera de la zona de baño, pero colindantes, afectaran a la playa Bandera Azul, ADEAC retiraría la Bandera Azul a la playa galardonada.

En caso de que para acceder a una playa canina colindante a una playa candidata a Bandera Azul, el acceso fuera a través de esta, dicha playa candidata no sería galardonada.

En el caso de España, la presencia de perros, caballos y otros animales domésticos en la playa está generalmente regulada a través de ordenanzas municipales, y en algunas Comunidades Autónomas a través de Decretos Autonómicos, al considerarse indeseable sanitariamente, por lo que el cumplimiento de dicha prohibición de acceso al área de la playa debe ser controlado estrictamente. En una playa Bandera Azul no pueden realizarse en temporada de baño carreras de caballos, ferias de ganado o similares, ni inmediatamente antes del comienzo de ésta o coincidiendo con afluencia de bañistas.

Aún fuera de las mencionadas circunstancias, es precisa autorización escrita de ADEAC para cualquier actividad puntual en una playa Bandera Azul, que implique o favorezca la presencia de animales.

Incluso los perros mejor adiestrados pueden orinar, realizar defecaciones en la arena y transportar parásitos u hongos en sus patas. Es preciso insistir que, en temporada de baños, aún en horarios en que la playa se encuentre ya vacía, los paseos con perros contaminan la arena, del mismo modo que en las horas más concurridas.

En este sentido, conviene recordar que las mareas no lo limpian “todo”, sino que, en muchos casos, simplemente diluyen, dispersan o entierran temporalmente los residuos indeseables.

También es aconsejable la adopción de medidas complementarias en paseos marítimos y zonas anejas a la playa, como la exigencia de que los perros no marchen sin correa, zonas habilitadas para que realicen sus defecaciones, facilidades para la recogida de éstas por sus propios dueños, etc.

Por otra parte, para buena parte de las razas caninas, que sólo “sudan” por la lengua, la posibilidad de un golpe de calor; la arena y el agua salada de la playa (en especial en ojos y oídos) constituyen un perjuicio potencial para su salud. El concepto de “perro”, además, no es unívoco, no sólo en función de su raza, su edad y estado de salud, sino de su entorno natural habitual, para el que la evolución le ha ido seleccionando.