Todos los veranos se plantea el mismo dilema y por ello hemos solicitado por escrito a Demarcación de Costas, dependiente del Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico, confirmación de lo que ya conocíamos desde hace tiempo.
La respuesta recibida hoy mismo desde la Demarcación de Costas de Galicia no deja lugar a dudas «En relación con la cuestión que usted plantea manifestarle que es el Ayuntamiento, en base a las ordenanzas municipales, quién regula esa actividad en el interior de la playas, siempre sin perjuicio del cumplimiento de la Ley de Costas y su Reglamento»
Por ello, si este verano tenéis previsto hacer una ruta para disfrutar de las playas, revisar antes las ordenanzas municipales de cada Ayuntamiento que vayáis a visitar puede facilitar vuestros planes.
De las consultas que estamos realizando a todos y cada uno de los Ayuntamientos costeros vemos que unos optan por su prohibición total a lo largo del año, otros solo en temporada estival -variando las fechas de unos a otros-, algunos permiten el acceso de perros durante el verano en horario nocturno y otros, por ahora una minoría, destinan playas o parte de ellas para el disfrute de perros durante el verano.
Si tenéis previsto disfrutar de una jornada de playa recuerda siempre realizar la consulta al Ayuntamiento al que pertenece o revisar sus ordenanzas municipales. ¡Ojo! el acceso a playas no siempre está regulado por la ordenanza de tenencia de animales, también puede ser una específica de cuidado de playas o la de limpieza pública.